México
El Código Penal contempla el acceso ilegítimo a sistemas y equipos informáticos.
Se dan distintas figuras en los artículos 211 bis, 1 a 5:
1. El acceso ilegítimo para alterar, destruir o modificar la información contenida en equipos informáticos protegidos por mecanismos de seguridad.
2. Copiar o conocer sin autorización, información contenida en sistemas o equipos informáticos protegidos por algún mecanismo de seguridad.
3. Quién estando autorizado al acceso de equipos informáticos del Estado indebidamente modifica, destruya o causa la pérdida de información, o la copia.
4. El que sin autorización modifica, destruye o provoca la pérdida de la información contenida en equipos informáticos de instituciones que integran el sistema financiero.
5. El que sin autorización conoce o copia información contenida en sistemas o equipos de informática de instituciones que integren el sistema financiero y que se encuentren protegidos por algún dispositivo de seguridad.
También tenemos un aporte extra desde México por un maestro que nos habla sobre la propiedad intelectual, aquí abajo pueden acceder fácilmente a la videoconferencia.
Conferencia sobre la propiedad intelectual por el profesor Haim Castro:
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